La respuesta es sí, de manera excepcional y bajo específicas condiciones y parámetros que se
analizarán y expondrán en este estudio.
1. Caracterización del contrato de Prestación de Servicios
El estatuto general de contratación reglamenta en el artículo 32, numeral 3° el contrato de
prestación de servicios, realizando una descripción de su objeto y condiciones para la
celebración con personas naturales, concretamente:
“Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para
desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la
entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas
actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos
especializados. designación a contratista de prestación de servicios
designación a contratista de prestación de servicios
En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se
celebrarán por el término estrictamente indispensable.” (Subrayado fuera del texto).designación a contratista de prestación de servicios
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* Abogada de la Universidad Libre, especialista en Derecho Administrativo y en Derecho
Constitucional, certificada en auditoría y gestión de riesgos. Con más de 10 años de experiencia
en el sector público, en gestión y seguimiento de proyectos, gestión y control fiscal.
Por su parte, el apartado h), numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, consagró el
contrato de prestación de servicios como uno de los casos en los que procede la contratación
directa, así: designación a contratista de prestación de servicios
“ARTÍCULO 2o. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La escogencia del
contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública,
selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las
siguientes reglas: (…)
4. Contratación directa. La modalidad de selección de contratación directa, solamente
procederá en los siguientes casos. (…)
h) Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la
ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas designación a contratista de prestación de servicios
naturales (…)
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